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Ley de amparo, sus beneficios

Adriana Dávila Fernández


La Cámara de Diputados aprobó la expedición de una nueva Ley de Amparo, misma que regresó al Senado de la República para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación.  La finalidad de esta nueva legislación es garantizar a toda persona el derecho de interponer un recurso legal que les permita la defensa oportuna de los derechos humanos ante los abusos de la autoridad.

No omito señalar, como referente del uso político, que dichas reformas fueron aprobadas por el Senado de la República desde el 2011, sin embargo, por cuestiones de conveniencia electoral, la aprobación de la nueva Ley quedó atrapada en los pendientes legislativos, lo cual la dejó “congelada” hasta nuevo aviso.

Llegó entonces el momento de trabajarla y digamos que los avances en este rubro se dieron por los pasos iniciados en el sexenio del Presidente Felipe Calderón. Cierto es que serán perfectibles acorde a las circunstancias del México actual.

 

La nueva ley busca la universalidad del amparo, es decir, que el beneficio sea para todos (una vez que se cuente con 5 amparos en circunstancias similares y con sentencias en el mismo sentido), no sólo para quien lo solicita.  Las resoluciones serán aplicables a toda la población, con o sin la posibilidad de  contratar y pagar un abogado. Puede parecer un cambio sencillo… no lo es, porque se amplía la protección con base en los derechos humanos, retomados en principios internacionales y reconocidos por nuestra Constitución. 

 

En los juicios del orden criminal, se pretende que el plazo para presentar la demanda de amparo sea de 15 a 30 días, lo que contribuirá (en tiempo) a la preparación de una adecuada defensa.  De esta forma, se impulsa agilizar y transparentar los juicios al usar y explotar los recursos tecnológicos como la firma electrónica, tal como acontece en el juicio en línea que se instaura ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, cuya modalidad fue impulsada en su momento por el entonces Presidente Calderón, de cara a la necesidad de modernizar a las instituciones que imparten justicia.

Probablemente, lo más significativo es lo relativo a la suspensión del acto reclamado, que se traduce en beneficios palpables.  Les pongo el ejemplo del caso de las madres que demandan la pensión alimenticia para sus hijos.  Pues bien, sin la reforma, el padre que se sentía afectado interponía la demanda de amparo y consecuentemente se suspendía el acto reclamado, que no es otra cosa que dejar de pagar la pensión hasta que se otorgue o niegue el amparo definitivo.  Bajo el nuevo esquema legal, el pago de la pensión tendrá que seguir activo, lo mismo sucederá con el funcionamiento de centros de vicio o de lenocinio y casos vinculados con el narcotráfico.

Debemos reconocer que el espíritu original del juicio de amparo –procedimiento constitucional para defenderse de los abusos de la autoridad-, se tergiversó en beneficio de negocios particulares que, con las interpretaciones legales, encontraron mecanismos específicos para evitar la justicia o hacer legal, lo ilegal.  Esto aplicó para pequeños, medianos y grandes empresarios que utilizaban el instrumento jurídico para beneficio de sus empresas.

De ser ratificado por la Cámara de Senadores, es importante apuntar que ya no habrá suspensión del acto reclamado para las empresas que operan bienes concesionados por el Estado, como son telecomunicaciones, gas, transporte, minas, entre otros. Se busca la actuación eficaz y oportuna de la autoridad para que las concesiones no afecten o contravengan los intereses sociales porque son de interés público. Con ello se promoverá la competencia económica.

Otros avances de la nueva Ley de Amparo es el llamado amparo colectivo, la redefinición del interés legítimo, la facultad para que Congreso o el Ejecutivo soliciten a la Corte resolver con prontitud juicios relevantes sometidos a su consideración y la causa del medio ambiente como interés legítimo identificable.

Hay avances, es cierto.  Sin embargo, al no haberse aprobado aspectos en materia de entidades financieras y de concesiones, se corre el riesgo de lesionar la libertad de expresión, por el poder mismo que tiene el Gobierno para intervenir los medios de comunicación, lo cual sin duda alguna implicaría un retroceso que puede dañar la confianza en las autoridades.

Los legisladores de Acción Nacional en la Cámara de Senadores nos daremos a la tarea de dar seguimiento a las modificaciones realizadas en la colegisladora, para garantizar la existencia del juicio de amparo como una institución fundamental de nuestro ordenamiento jurídico y del orden político constitucional.

Trabajaremos para que la población cuente con instrumentos jurídicos que permitan a cada mexicana o mexicano proteger sus derechos frente a los abusos del Estado.  Trabajamos en ello.

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